Autor: Mtra. Thelma Riva García
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Publicado: 22 Abril 2025
Lectura: 4 minutos
Un Aspecto Crucial del Proceso de Restitución Internacional de Menores según la Convención de La Haya
El fenómeno de la sustracción internacional de menores es una situación compleja que afecta tanto a los niños como a sus familias, y es una cuestión que ha requerido la cooperación internacional para su resolución efectiva. La Convención de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, adoptada en 1980, se estableció para garantizar el retorno rápido de los menores trasladados o retenidos ilícitamente en cualquier Estado contratante. Sin embargo, el proceso de restitución internacional de menores no se limita únicamente al retorno físico del niño o la niña, sino que también abarca aspectos cruciales como las visitas y la pensión alimentaria en el extranjero.
Visitas en el Extranjero
El derecho de visita es fundamental para mantener el vínculo entre el menor y el progenitor que no tiene la custodia. En el contexto internacional, este derecho puede volverse complejo debido a las distancias geográficas, las diferencias legales entre países y las posibles tensiones entre los progenitores.
La Convención de La Haya reconoce la importancia del derecho de visita y promueve la cooperación entre las autoridades centrales de los Estados contratantes para facilitar su ejercicio. Esto puede incluir la emisión de órdenes judiciales que aseguren que el progenitor que no tiene la custodia pueda visitar al menor de manera regular y segura, incluso cuando residen en países diferentes. También se pueden establecer acuerdos específicos que definan las condiciones y frecuencia de las visitas, considerando siempre el interés superior del menor.
Pensión Alimentaria en el Extranjero
El aspecto de la pensión alimentaria es otro componente esencial del bienestar del menor en casos de sustracción internacional. La obligación de proveer el soporte económico no desaparece con el traslado del menor a otro país. De hecho, el desafío puede aumentar debido a las diferencias en los sistemas legales y las dificultades para hacer cumplir las órdenes de manutención a nivel internacional.
Para abordar esta problemática, existe la Convención de La Haya sobre la Cobranza Internacional de Alimentos para los Niños y Otros Miembros de la Familia, adoptada en 2007. Esta convención establece un marco para la cooperación internacional y la asistencia mutua en la ejecución de las obligaciones alimentarias. A través de las autoridades centrales designadas, los Estados contratantes se comprometen a facilitar la obtención y el cobro de la pensión alimentaria, asegurando que los menores no se vean privados de los recursos necesarios para su bienestar, independientemente de dónde residan.
Desafíos y Soluciones
A pesar de los mecanismos establecidos por las convenciones de La Haya, existen desafíos prácticos en la implementación de estos derechos. Las diferencias culturales y legales entre los países, la resistencia de uno de los progenitores a cumplir con las órdenes judiciales y los problemas logísticos relacionados con las visitas y los pagos transfronterizos son algunos de los obstáculos comunes.
Para superar estos desafíos, es vital la cooperación efectiva entre las autoridades centrales, los tribunales y las organizaciones no gubernamentales. La mediación internacional también puede desempeñar un papel crucial, facilitando acuerdos amistosos que respeten los derechos de todas las partes involucradas y, sobre todo, el interés superior del menor.
El proceso de restitución internacional de menores, tal como se regula en la Convención de La Haya, abarca más que el retorno físico del niño o la niña. Incluye la protección de los derechos de visita y la pensión alimentaria, asegurando que los menores tengan acceso a ambos progenitores y a los recursos necesarios para su desarrollo, sin importar las fronteras nacionales. La colaboración internacional y el compromiso con los principios establecidos por la convención son esenciales para abordar eficazmente estos casos complejos y garantizar el bienestar de los menores afectados.
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